La manera más sencilla de hacer efectivo el cobro de los cheques recibidos, accediendo a los fondos en un plazo de tiempo mínimo (salvo buen fin). Una excelente opción para sus mejores clientes.
¿Cuándo elegir este medio de cobro?: Cuando el importador extranjero ha dado prueba fehaciente de su seriedad y solvencia mediante una relación comercial continuada y sin incidentes. Requiere un elevado índice de confianza entre los contratante.
También es factible su utilización segura cuando el exportador cuenta con garantías adicionales que cubran el riesgo de impago del importador extranjero.
Ventajas
Abono inmediato del importe al exportador (salvo buen fin).
En algunas modalidades, se puede obtener el cobro en firme.
Si se tramita el cobro antes del envío de la mercancía, evita el riesgo de pérdida de la mercancía.
Sencillez de tratamiento.
Coste reducido.
Riesgos
Existe riesgo comercial si se envía la mercancía antes de haber obtenido el cobro del cheque
Riesgo de impago por falta de fondos, defectos de forma, firmas no válidas, etc.
Riesgo de fraude, falsificación, robo o extravío durante el tránsito del documento.
Existe Riesgo-País.
Es un servicio mediante el cual Caja Rural tramita el cobro de cheques, tanto personales como bancarios y tanto en euros como en otras divisas, mediante su presentación en aquellas entidades financieras designadas como pagadoras de los mismos.
El importe se abona en la cuenta del exportador con valor tres días hábiles, practicándose una retención de los fondos que variará en función del tipo de cheque tramitado y del país donde sea pagadero.
Cheque personal
Es un documento cambiario que permite al librador retirar, para sí o para un tercero, la totalidad o parte de los fondos depositados en poder del librado, entendiendo como librador al titular de la cuenta y como librado a la entidad financiera donde la cuenta está registrada.
Para que la emisión del cheque sea efectiva, es preciso que exista en la cuenta la provisión de fondos necesaria para atender el pago del mismo.
Cheque bancario
Es un mandato de pago emitido por una entidad financiera (banco librador) que le permite retirar la totalidad o parte de los fondos depositados en poder de otra entidad financiera (banco librado).
En este caso, la provisión de fondos necesaria para atender el pago del cheque está garantizada por el banco librador y no por el cliente que se sirve del documento como medio de pago. En una situación tipo, cheque bancario sería el que emite una entidad extranjera, por orden y cuenta de su cliente (el importador) y a favor del exportador español.