Con el objetivo de que entiendas los productos financieros y tomes decisiones adecuadas a tus circunstancias y necesidades, Caja Rural te proporciona la dirección web del portal de educación financiera www.finanzasparatodos.es, creado por La Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Banco de España.
Este portal ofrece consejos prácticos, herramientas y calculadoras para mejorar la gestión de tu economía, con los que podrás conocer los principales productos bancarios y de inversión. También podrás encontrar información orientada a colectivos específicos.
Caja Rural con el fin de orientarte y mantenerte informado con respecto a información financiera práctica, te proporciona la dirección web del portal del cliente bancario desarrollada por el Banco de España.
En este portal podrás encontrar información sobre los productos y servicios financieros más comunes. Tendrás a tu alcance información de gran utilidad como los derechos que te asisten como cliente, cálculo de cuotas, glosario de términos más comunes o información relativa a las entidades autorizadas para prestar servicios bancarios en España, entre otros.
Puedes acceder directamente a través del link (www.bde.es/clientebanca) o también puedes hacerlo a través del sitio web del Banco de España (www.bde.es) en la sección denominada "Portal del cliente bancario".
Entra e infórmate, puede aclararte tus dudas financieras más comunes.
Ponemos a su disposición un informe con la siguiente información que puede ser de su interés:
Estimado cliente:
El pasado 4 de diciembre entró en vigor la nueva Ley de Servicios de Pago, en adelante LSP. En virtud de esta ley, las transferencias, adeudos domiciliados (recibos), pagos con tarjeta e ingresos y retirada de efectivo en cuentas, que se tramitan en euros entre países de la UE, son gestionados con la misma facilidad, eficiencia y seguridad, por tanto sin distinción de tratamiento entre los pagos nacionales y los transfronterizos en el espacio de la UE.
Esta Ley, derivada de una Directiva de la Unión Europea, tiene como objetivo principal que todos los ciudadanos tengan las mismas oportunidades, aumentar la protección de los consumidores y que la información que estos reciben de sus entidades sea transparente.
Por otra parte, la nueva Ley implica que los pagos se abonan más rápidamente, los gastos de algunas operaciones pueden ser compartidos entre el ordenante y el beneficiario, o que dispone de un plazo más amplio para devolver sus recibos.
Si desea conocer los aspectos mas relevantes de la Ley de Servicios de Pago pulsando sobre "Más Información Ley de Servicios de Pago".
Estimado cliente,
El Reglamento (UE) nº 648/212 de 4 de julio de 2012 (también conocido como Emir, European Market Infraestructure Regulation) es la normativa europea que regula la contratación y registro de las operaciones de derivados.
Su objetivo es dotar a estos productos de un marco regulador que aporte seguridad y transparencia a la operativa de derivados.
Esta norma rige y genera obligaciones para todas las personas jurídicas que contraten un derivado financiero.
Si desea conocer los aspectos mas relevantes de esta norma pulse sobre "Más información normativa Emir"
SEPA se corresponde con el acrónimo de "Single Euro Payments Area", es decir, Zona Única de Pagos.
Esta zona a la que pertenecen los 28 estados miembros de la Unión Europea además de Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza, Mónaco y San Marino, será el área en la que todos sus agentes económicos, tanto ciudadanos como empresas, podrán realizar y recibir pagos en euros con las mismas condiciones básicas, derechos y obligaciones, e independientemente de su situación de origen y destino.
La SEPA, que se originó debido al impulso de las entidades financieras y el apoyo de otras instituciones europeas como, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea, supone la creación de una serie de infraestructuras y de nuevos estándares que persiguen la igualdad de la realización y recepción de pagos a través de transferencias, domiciliaciones bancarias y operaciones con tarjetas.
El éxito de todos estos procesos supondrá para todas las partes importantes beneficios económicos así como para el conjunto de la sociedad.
El objetivo fundamental del Área Única de Pagos es facilitar los pagos en toda el área de Mercado Único Europeo, en particular las transferencias, los adeudos directos y los pagos efectuados con tarjeta, de forma que puedan realizarse con la misma facilidad, sencillez, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los Estados miembros.
Además pretende contribuir a la integración europea mediante un mercado de pequeños pagos, en la zona del euro, competitivo e innovador, que pueda aportar un mejor nivel de servicios, productos más eficientes y alternativas más baratas para efectuar los pagos.
Por lo tanto la SEPA persigue una verdadera integración monetaria en el territorio europeo a través de:
100x90_acuerdo_mundoAumentará la eficiencia de las gestiones de los consumidores ya que podrán tener una sola cuenta en la que centralizar todos sus pagos a cualquier país de la zona de influencia SEPA.
Por ejemplo, las personas que viven o trabajan en un país de la Unión Europa ya no necesitarán mantener una cuenta bancaria en su país de origen y otra distinta en el país en el que residen y donde pagan los recibos, el alquiler, etc., a partir de ahora podrán realizar todas esas operaciones con una sola cuenta, por ejemplo desde la de su país natal.
Permitirá la centralización de los negocios. Para las empresas supondrá grandes ventajas, ya que no tendrán que mantener distintas cuentas en cada país en el que operan. Además, podrán mejorar su gestión contable al unificarse el formato de pago, lo que les ahorrará tiempo y dinero.
Reducirá el coste de los pagos transfronterizos mediante tarjetas de crédito o débito y transferencias electrónicas al mismo que las transacciones realizadas dentro de un mismo estado.
Los Terminales Puntos de Venta que se utilizan en los comercios para la aceptación de los pagos con tarjetas se van a ir estandarizando lo que permitirá que los comerciantes acepten una gama más amplia de tarjetas.
Mayor competencia de mercado que se traducirá a lo largo del tiempo en la innovación de nuevos productos, como por ejemplo la facturación electrónica, iniciación de pagos con teléfonos móviles o a través de Internet, billetes de avión electrónicos, notificaciones relativas a créditos o conciliación electrónica, y en mejores precios y condiciones para los usuarios.
Reducción de plazos en la ejecución pagos transfronterizos hasta 3 días hábiles.
Mayor grado de integración entre todos los agentes económicos y los países que conforman la zona de influencia de SEPA.
Servicios y precios más fáciles de comparar para los clientes en los tres tipos de pagos: transferencias, adeudos y tarjetas.
Una transferencia SEPA es el envío de una orden de pago desde la entidad del pagador a la entidad bancaria del beneficiario siempre que cumpla con una serie de requisitos:
Se trata siempre de una transferencia tipo SHARE, es decir, los gastos de la misma se comparten entre los dos intervinientes de la transacción.
El emisor pagará a su entidad una comisión, que será inferior a los gastos que hubiese tenido si la transferencia fuese tipo OUR (el ordenante asume todos los gastos) y el beneficiario abonará a su entidad la tarifa que tenga establecida para ese tipo de operaciones.
El beneficiario recibe el total del importe de la transferencia, luego de forma independiente su entidad le cargará el coste del servicio por recepción de la misma.
No tiene límite de importe pero deben ser en euros y su destino cualquier país de la zona SEPA.
El plazo máximo para la liquidación será de 3 días hábiles.
El cliente deberá aportar los datos completos de las cuentas de origen y destino, es decir, el BIC y el IBAN.
Los adeudos directos son transferencias, como las anteriores, acordadas entre las partes, aunque las inicia el beneficiario a través de su entidad bancaria, siempre que antes el pagador haya expresado su consentimiento previamente. Los adeudos se suelen asociar a los recibos o facturas y las características que deben cumplir para ser considerados como operaciones SEPA son:
Deben ser en euros y su destino estar situado en cualquier país miembro de la zona delimitada en la SEPA.
Los pagos pueden ser tanto periódicos como puntuales.
El plazo máximo de liquidación es de 5 días hábiles para el primer pago y de 2 para los pagos periódicos siguientes.
También deben facilitarse los datos completos de las cuentas, es decir, el BIC y el IBAN.
Por último, en el caso de los pagos con las tarjetas, la entrada en vigor de la SEPA hará que:
Los titulares de las tarjetas puedan pagar en euros con una única tarjeta en toda la zona SEPA. La única limitación que pueden encontrar es que el comercio no admita el pago de una determinada marca de tarjeta.
El Traslado de Cuentas es un servicio, sólo para clientes particulares, que permite trasladar los servicios de una cuenta abierta en una entidad bancaria, a otra cuenta de otra entidad distinta, de una forma fácil y transparente.
Los servicios que se pueden trasladar de una cuenta a otra, son los referentes a recibos domiciliados, órdenes de transferencia permanentes y órdenes de pago domiciliadas.
Asimismo, siempre que no existan impedimentos, también permite cancelar la cuenta antigua previo traslado del saldo disponible a la nueva y sin coste alguno, salvo que la cuenta tenga una antigüedad inferior a 12 meses.
El proceso se iniciará cuando el cliente acuda a la nueva entidad y lo solicite, aunque hay que destacar que dicha petición debe ser firmada por todos los titulares de la antigua cuenta.
A partir de ese momento, la nueva entidad se encargará de gestionar la solicitud de información necesaria y realizar los traslados solicitados en los plazos marcados.
Es importante añadir, que deberá mantener saldo suficiente en la cuenta antigua hasta que todo el proceso se complete.
En caso de que necesite más información no dude en acudir a cualquiera de nuestras oficinas donde responderemos a todas sus preguntas.
Si usted ya ha solicitado en alguna ocasión dicho cambio y desea ayudarnos a mejorar este servicio, le rogamos complete la encuesta que la Comisión Europea ha puesto a disposición de todos los usuarios en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/internal_market/finservices-retail/mobility/switching_feedback_es.htm
Como consecuencia de la Reforma del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación de valores derivada del Real Decreto 878/2015, informamos a los titulares de contrato de custodia y administración de instrumentos financieros que a partir del 27 de abril de 2016 le serán de aplicación el Reglamento de BME Clearing S.A. y demás normativa reguladora del Sistema de Compensación, Liquidación y Registro de Valores, que ponemos a su disposición.
Reglamento Sociedad Sistemas (IBERCLEAR)
Cumplimiento del artículo 39.7 de EMIR- Segregación y Portabilidad WEB.
¿Qué es una Cuenta de Pago Básica?
La Cuenta de Pago Básica es una cuenta no remunerada destinada a personas físicas, mayores de edad, que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión, que permite disponer de un medio financiero para realizar las operaciones básicas tales como: ingresos y retiradas de efectivo desde la oficina o en cajero, ingreso de cheques, transferencias y domiciliación de recibos.
Objetivos de la Cuenta de Pagos Básica.
Los objetivos de la Cuenta de Pagos Básica son:
¿Quién puede solicitar una Cuenta de Pagos Básica?
La Cuenta de Pago Básica permite al cliente disponer de los siguientes servicios:
Para la contratación de la Cuenta de Pago Básica no es necesario ni obligatorio adquirir ningún otro servicio, pero puede disponer de los siguientes productos adicionales si los solicita:
Comisiones de la Cuenta de Pagos Básica.
La Cuenta de Pago básica tiene una comisión mensual máxima de 3,00 €, entre los que se encuentran incluidos los siguientes servicios:
En los casos en los que se considere que el cliente se encuentra en situación especial de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social, la cuenta tendrá carácter gratuito, al menos durante los dos primeros años a contar desde la fecha de formalización de la cuenta. Transcurrido este plazo se le solicitará al cliente titular de la cuenta la actualización de la información, para determinar si se mantiene en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social o por el contrario, ha dejado de pertenecer al citado colectivo.
Tarifas Cuenta de Pagos Básica: Consulte aquí la relación de comisiones asociadas a la Cuenta de Pagos Básica y sus principales servicios asociados.
Información intereses, comisiones y gastos: De forma anual Caja Rural de Casas Ibáñez enviará a los titulares de la Cuenta de Pagos Básica un documento denominado “Resumen Anual de Comisiones, Gastos e Intereses” donde le informaremos detalladamente sobre los intereses, comisiones y gastos pagados o cobrados durante el ejercicio del año anterior.
Para determinar estas situaciones se evaluará la renta y el número de miembros de la unidad familiar, utilizando el indicador de Rentas de Efectos Múltiples (Iprem). Se considerarán dentro de este colectivo cuando el cliente no supere los siguientes umbrales:
Para acreditar esta situación y disponer de la cuenta de forma gratuita, se deberá aportar a Caja Rural de Casas Ibáñez la siguiente información:
Caja Rural de Casas Ibáñez podrá solicitar al cliente autorización para obtener de forma telemática la información indicada en el apartado anterior por parte de la Administración competente, siempre que este servicio se encuentre disponible por parte de dicha Administración de forma telemática.
La aceptación o denegación de la condición de gratuidad de la cuenta se comunicará, por escrito y de forma gratuita, en un plazo no superior a 30 días a contar desde la fecha de la aportación completa de la información indicada anteriormente o desde la autorización del cliente al acceso telemático solicitado a la Administración competente.
Motivos por lo que se puede denegar la apertura de la Cuenta.
Caja Rural de Casas Ibáñez podrá denegar la apertura de una Cuenta de Pagos Básica si se producen alguna de las siguientes situaciones:
Si por alguna de las causas citadas anteriormente Caja Rural de Casas Ibáñez considerase que no puede gestionarse la apertura de la Cuenta de Pagos Básica, se comunicará al solicitante por escrito en un plazo máximo de 10 días dicha decisión.
En caso de que no esté conforme con la denegación de su solicitud podrá ponerse en contacto con nosotros a través del Servicio de Atención al Cliente de Caja Rural de Casas Ibáñez a través de los siguientes medios:
Una vez recibida su reclamación, el Servicio de Atención al Cliente resolverá en los 10 días naturales siguientes la admisión o no a trámite de la misma, y dispondrá de un plazo máximo de 2 meses para resolver el expediente desde la fecha en que la queja o reclamación fuera presentada en el servicio de atención al cliente o en alguna oficina abierta al público o dirección de correo electrónico de Caja Rural de Casas Ibáñez, salvo en aquellos casos en los que por normativa los plazos de resolución deban ser inferiores.
Durante este periodo de tiempo, no podrá acudir a otras vías judiciales o arbitrales para la resolución del mismo caso, deberá esperar a que el Servicio de Atención al Cliente haya dictado resolución.
Si la solución que le ofrece Caja Rural de Casas Ibáñez no le resulta satisfactoria o hubiera transcurrido el plazo máximo de dos meses desde la presentación de su escrito sin recibir respuesta, podrá plantear su reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (Calle Alcalá, 48 - 28014 Madrid- Teléfono 901 545 400), o través de su oficina virtual: https://clientebancario.bde.es.
Deberá tener en cuenta que el citado organismo, le exigirá la justificación de haber acudido previamente al Servicio de Atención al Cliente de la entidad.
¿La entidad puede resolver el contrato anticipadamente?
Caja Rural de Casas Ibáñez podrá resolver unilateralmente el contrato de la Cuenta de Pagos Básica cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
A) Resolución con aviso previo de 2 meses antes de la resolución del contrato a los titulares:
B) Resolución sin aviso previo, de forma inmediata:
C) Resolución sin aviso previo; con justificación:
Para contratar la Cuenta de Pago Básica deberá acudir a cualquiera de nuestras oficinas de Caja Rural de Casas Ibáñez , donde se le solicitará la formalización del contrato de apertura de la cuenta. Además, deberá firmar la declaración donde se indica que no dispone de una cuenta de pago en otra entidad en España y deberá aportar la información requerida por Caja Rural de Casas Ibáñez en cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.