
Sin remuneración en efectivo
*T.A.E. resultante de la remuneración en especie, constituyendo un rendimiento a efectos de IRPF sujeto a tributación según la Normativa Fiscal vigente.
En caso de agotarse las existencias como consecuencia del éxito de la campaña, antes de la formalización del depósito se indicará al cliente los nuevos plazos para recoger el producto en su oficina, quedando a elección del mismo aceptar las nuevas condiciones.

Para TU SALÓN, Para tu cocina. Para ti.