Propósito: Con frecuencia, un exportador pide a su cliente que realice un pago anticipado para proceder a la fabricación de una mercancía, bien por necesidad de financiación del proceso de fabricación, bien para financiar el envío de la misma. A tal efecto, es habitual que el importador solicite una garantía que cubra la restitución en caso de incumplimiento del contrato por parte del vendedor. Se suele asociar a créditos documentarios.
Se ejecutará: En caso de que no se envíe la mercancía acordada o se incumplan otros términos del contrato.
Reducciones: Proporcionales a los envíos que se vayan realizando.
Importe garantizado: El importe del pago adelantado.
Periodo de validez: A partir de la fecha de recepción del pago adelantado hasta algunos días después de la última fecha prevista para el total cumplimiento del contrato (normalmente dos semanas).
La garantía bancaria es el compromiso de una entidad de crédito, denominada ‘avalista’ o ‘garante’, de cumplir determinados compromisos u obligaciones de otra persona física o jurídica ante terceros, como si de una obligación propia se tratase. En definitiva, el avalista se obliga a pagar un determinado importe por cuenta del avalado, a requerimiento de un tercero, llamado ‘beneficiario’, contra el cumplimiento de las condiciones que sean exigidas en la garantía y su certificación de que el avalado ha incumplido sus obligaciones contractuales o de pago.
Tipología:
Ventajas:
Riesgos:
¿Por qué elegir este medio de cobro?:
Aunque no hay confianza plena, existe en un cierto grado entre exportador e importador.
Funcionamiento:
El banco del importador emite, siguiendo instrucciones de éste, una garantía cubriendo el pago de una determinada mercancía o asegurando la prestación de un servicio. En caso de incumplimiento por parte del avalado, el beneficiario da instrucciones a Caja Rural de proceder a la ejecución de la garantía y reclamar el importe debido al banco avalista.
