
SEPA se corresponde con el acrónimo de "Single Euro Payments Area", es decir, Zona Única de Pagos.
Esta zona a la que pertenecen los 27 estados miembros de la Unión Europea además de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, será el área en la que todos sus agentes económicos, tanto ciudadanos como empresas, podrán realizar y recibir pagos en euros con las mismas condiciones básicas, derechos y obligaciones, e independientemente de su situación de origen y destino.
La SEPA, que se originó debido al impulso de las entidades financieras y el apoyo de otras instituciones europeas como, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea, supone la creación de una serie de infraestructuras y de nuevos estándares que persiguen la igualdad de la realización y recepción de pagos a través de transferencias, domiciliaciones bancarias y operaciones con tarjetas.
El éxito de todos estos procesos supondrá para todas las partes importantes beneficios económicos así como para el conjunto de la sociedad.
El objetivo fundamental del Área Única de Pagos es facilitar los pagos en toda el área de Mercado Único Europeo, en particular las transferencias, los adeudos directos y los pagos efectuados con tarjeta, de forma que puedan realizarse con la misma facilidad, sencillez, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los Estados miembros.
Además pretende contribuir a la integración europea mediante un mercado de pequeños pagos, en la zona del euro, competitivo e innovador, que pueda aportar un mejor nivel de servicios, productos más eficientes y alternativas más baratas para efectuar los pagos.
Por lo tanto la SEPA persigue una verdadera integración monetaria en el territorio europeo a través de:
Aumentará la eficiencia de las gestiones de los consumidores ya que podrán tener una sola cuenta en la que centralizar todos sus pagos a cualquier país de la zona de influencia SEPA.
Transferencias:
Una transferencia SEPA es el envío de una orden de pago desde la entidad del pagador a la entidad bancaria del beneficiario siempre que cumpla con una serie de requisitos:

Adeudos:
Los adeudos directos son transferencias, como las anteriores, acordadas entre las partes, aunque las inicia el beneficiario a través de su entidad bancaria, siempre que antes el pagador haya expresado su consentimiento previamente. Los adeudos se suelen asociar a los recibos o facturas y las características que deben cumplir para ser considerados como operaciones SEPA son:
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Tarjetas:
Por último, en el caso de los pagos con las tarjetas, la entrada en vigor de la SEPA hará que:
