Información a la clientela
Tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad.
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 12 Diciembre 1989 (BOE de 19-12).
Transparencia de las operaciones bancarias y protección a la clientela.
- Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de Septiembre (BOE de 20-09), y sus modificaciones posteriores.
- Ley 9/1999, de 12 de abril, por la que se regula el régimen jurídico de las transferencias entre estados miembros de la Unión Europea (BOE de 13-04)
- Orden del Ministerio de Economía de 16 noviembre de 2000, de desarrollo de la Ley 9/1999 (BOE de 25-11).
- Ley 44/2002 de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. (BOE de 23-11).
- Real Decreto 303/2004 de 20 febrero sobre reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros.
- Orden ECO/734/2004 de 11 marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras. (BOE de 24-03)
Transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios.
- Orden de Presidencia de Gobierno de 05-05-1994 (BOE de 11-05).
- Artículo 16 de la Ley 17/1995, sobre derecho de los clientes a solicitar de la Entidad oferta vinculante sobre préstamos al consumo e hipotecarios.
Crédito al consumo.
- Ley 7/1995 de 23-03-1995 sobre crédito al consumo (BOE de 25-03).
Normas de actuación en los mercados de valores y registros obligatorios.
- Orden de 25 de octubre de 1995, sobre normas de actuación en los mercados de valores y registros obligatorios (BOE de 02-11).
- Circular de la CNMV 1/1996 de 27 de marzo de 1996 (BOE de 09-04).
INFORMACION A DISPOSICIÓN DE LOS CLIENTES.
En cumplimiento de lo anterior, se encuentra a disposición de la clientela la información siguiente:
- Reglamento para la defensa de los clientes y usuarios financieros de Caja Rural de Petrel.
- Folleto de Tarifas de Comisiones, Condiciones , Otros Gastos y Normas de Valoración que pueden repercutirse en sus operaciones en el que constan, en un apartado propio, las condiciones generales aplicables a las transferencias de fondos con el exterior. Esta información se encuentra también disponible en internet en la página www.ruralvia.com/caixapetrer.
- Tipos de cambio de compra-venta de billetes y divisas de países no integrados en la Unión Económica y Monetaria, para importes que excedan de 3.000 euros.
- Folleto gratuito sobre condiciones aplicables a los préstamos hipotecarios.
- Folleto gratuito de oferta de las condiciones aplicables a las órdenes de transferencia entre estados miembros de la U.E., reguladas por la Ley 9/1999 de 12 de abril, cuyo destino y divisa hayan sido precisados por el cliente, salvo que la Entidad no desee realizar la operación.
SERVICIO DE RECLAMACIONES
Para atender las quejas y reclamaciones de los clientes, en el plazo máximo de dos meses, de acuerdo con el REGLAMENTO vigente al efecto, ponemos a su disposición:
Servicio de Atención al Cliente
Caja Rural de Petrel
Caja de Crédito de Petrel Caja Rural C.C.V.
Cl San Bartolomé, 2
03610 Petrer - Alicante
e-mail: atencioncliente_caixapetrer@cajarural.com
Servicio de Defensa del Cliente
Unión Nacional de Cooperativas de Crédito UNACC
C/. Virgen de Los Peligros, 4
28013 MADRID
Teléfono: 91-5956785
e-mail: defensor_cliente_unacc@cajarural.com
No obstante, informamos a la clientela de la existencia del COMISIONADO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE SERVICIOS BANCARIOS, adscrito al BANCO DE ESPAÑA (Calle Alcalá, 50 - 28014 MADRID), donde podrán dirigirse una vez agotadas las vías especificadas con anterioridad.