¿A QUIEN VA DIRIGIDA?
Empresas y Sociedades con domicilio social y fiscal en España, titulares de inversiones inmobiliarias, con independencia de su forma jurídica.
¿QUÉ PODEMOS FINANCIAR?
Viviendas en España terminadas (cédula de habitabilidad antes del 31/12/2009) y destinadas a régimen de alquiler como vivienda habitual, dentro del ámbito de la LAU, pudiendo incluir el contrato de alquiler con opción a compra.
La vivienda deberá estar en el mercado de alquiler, sea alquilada u ofertada para su alquiler durante al menos el mismo tiempo que la financiación con fondos ICO.
CARACTERÍSTICAS:
Importes: Hasta 50 millones de euros por beneficiario, en una o varias promociones.
Modalidades de contrato: Préstamo
Plazo de las operaciones:
Las operaciones se formalizarán a 7 años con amortización única al vencimiento
Tipo de interés de los fondos:
Tipo de referencia ICO + 1,44%
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