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  Línea ICO Vivienda  

¿A QUIEN VA DIRIGIDA?

Empresas y Sociedades con domicilio social y fiscal en España, titulares de inversiones inmobiliarias, con independencia de su forma jurídica.

¿QUÉ PODEMOS FINANCIAR?

Viviendas en España terminadas (cédula de habitabilidad antes del 31/12/2009) y destinadas a régimen de alquiler como vivienda habitual, dentro del ámbito de la LAU, pudiendo incluir el contrato de alquiler con opción a compra.

La vivienda deberá estar en el mercado de alquiler, sea alquilada u ofertada para su alquiler durante al menos el mismo tiempo que la financiación con fondos ICO.

CARACTERÍSTICAS:

Importes: Hasta 50 millones de euros por beneficiario, en una o varias promociones.

Modalidades de contrato: Préstamo

Plazo de las operaciones:

Las operaciones se formalizarán a 7 años con amortización única al vencimiento

Tipo de interés de los fondos:

Tipo de referencia ICO + 1,44%

Comisiones:

  • Sin comisión de apertura.
  • Sin comisiones por estudio de las operaciones.
  • Sin comisiones de amortización parcial o cancelación.